1 nov 2010

La norma neuquina sólo se aplica a los medios gráficos.


NEUQUÉN (AN).- Sobre el límite del plazo de tres meses que había dado la Corte Suprema de Justicia, el gobierno provincial publicó ayer el decreto para regular la distribución de publicidad en diarios de la región. Define tres clases y los criterios para asignarla según las características de los medios que servirán de soporte y el objetivo a cumplir.
Jorge Sapag firmó el decreto tras recibir las recomendaciones de la Corte, que en un principio rechazó el escueto plan que a la salida de su gobierno había presentado Jorge Sobisch. En junio, el gobierno provincial había por segunda vez un esquema tentativo para establecer las nuevas reglas y, tras lograr el aval, avanzó en la reglamentación.
El gobierno provincial fue obligado por la Corte a reglamentar los parámetros de distribución de la publicidad oficial. Fue a partir de un amparo judicial presentado por "Río Negro" cuando Jorge Sobisch la retiró como represalia a la difusión del caso de la Cámara Oculta, que lo involucraba en un supuesto intento de soborno a un legislador para modificar a su conveniencia la cúpula de la Justicia provincial.
Sapag se limitó a regular la distribución de la publicidad estatal sólo para los medios gráficos. Dejó afuera, cuando podría haberlos incluido ya que el máximo tribunal planteó lo mínimo que debía contener la norma; a las radios, TV y medios digitales.
Respecto de la estructura de la norma, decidió que fuera un decreto y no una ley, como reclamaron oportunamente la Asociación por los Derechos Civiles, Convocatoria Neuquina por la Justicia y la Libertad, el Sindicato de Prensa de Neuquén y la cooperativa 8300. El gobierno diferenció tres tipos de publicidad: una relacionada estrictamente con "los actos de gobierno"; otra, a la que denominó "institucional"; y una tercera, con fines comerciales admitidos, que fue calificada como "de bienes y servicios" y que se refiere puntualmente a entes descentralizados y empresas públicas.
Para las tres categorías planteó los parámetros mínimos, resguardando porcentajes de un presupuesto total para subsidiar o promocionar medios. En el caso de los medios masivos, será determinante la llegada y cobertura, un aspecto que se determinará según la cantidad de ejemplares vendidos. Si bien el gobierno reconoce que en este punto es importante la certificación de un organismo externo, como el Instituto Verificador de Circulaciones, aceptará también la información que provean las empresas.
Concretamente, el art. 5 plantea que un 60% de la publicidad "será asignada en partes iguales para los diarios que acrediten un nivel de circulación superior a los 10.000 ejemplares diarios". El 40% restante irá a medios gráficos "de alcance local y/o regional que, sin alcanzar la tirada mencionada, posean cobertura comprobada en la zona a la que está dirigido el mensaje".

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