SANTIAGO, noviembre 26.- En un fallo unánime, la Corte de Apelaciones de San Miguel condenó a la cadena de farmacias Salcobrand a pagar una multa por publicidad engañosa en catálogo de ofertas del año 2009 que contenía productos que en los locales se vendían a precios mayores.
El fallo obliga a la empresa pagar una multa equivalente a las 30 Unidades Tributarias Mensuales ($1.127.010), puesto que establece que la información del suplemento de ofertas es poco claro, ya que en el folleto aparecen como ofertas productos que no estarían rebajados."Lo constatado por este tribunal y anotado en los motivos que anteceden, evidentemente llevan a estos sentenciadores a concluir que el cuestionado catálogo induce a error o engaño a la clientela de la farmacia denunciada, toda vez que dentro de la lista de precios de ofertas imperdibles aparecen casos que no son realmente ofertas y por el contrario el precio del producto respectivo es más caro que el precio normal que aparece en el mismo catálogo", señala el falloSegún la resolución, la informaciòn del folleto "naturalmente tiende a confundir a la clientela de esta farmacia, configurándose una publicidad engañosa e infringiéndose el artículo 3 letra b), de la ley 19.496, según el cual el consumidor tiene derecho a una información veraz y oportuna sobre los bienes y servicios, su precio y otros aspectos relevantes".
27 nov 2010
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